Código de comportamiento y ética empresarial

Presentación

Colorquimica S.A.S. en su calidad de empresa responsable con sus diferentes públicos, fundamenta todas sus actividades, procesos y relaciones en el respeto a los derechos humanos, la preservación del medio ambiente, la abolición de todo acto de corrupción y la prevalencia del interés general. Es por ello, que constantemente está en la búsqueda de la construcción de una cultura organizacional cimentada en los siguientes valores corporativos:

  • Compromiso: Participar activamente en el éxito y crecimiento de la empresa y grupos de interés.
  • Colaboración: Trabajo en equipo para el logro de objetivos comunes.
  • Efectividad: Optimizar el uso de los recursos y el tiempo disponibles, para el logro de las metas trazadas.
  • Innovación: Búsqueda permanente de ideas novedosas que generen valor agregado en el interior y exterior de la empresa.
  • Aprendizaje: Capacidad de desarrollar, ampliar, poner en práctica y transferir conocimientos para lograr mejores resultados.
  • Respeto: Fundamentar nuestra actuación y procesos en los derechos y dignidad de los grupos de interés.
  • Lealtad: Actuar con respeto, rectitud y sentido de pertenencia en todas las actividades, funciones y relaciones.
  • Coherencia: Actuar y pensar acorde con las políticas y principios de la empresa.

Declaración de principios

Colorquimica S.A.S

  1.  Apoya la protección de los derechos humanos y mantiene relaciones honestas, idóneas, constructivas y responsables con sus grupos de interés: accionistas, empleados, proveedores, clientes, comunidad vecina y autoridades.
  2. Rechaza y condena toda práctica de soborno, extorsión y fraude.
  3. Excluye toda forma de trabajo forzado y apoya la abolición de prácticas de discriminación por sexo, género, religión, edad, estado civil, ideología, raza o color.
  4. Cumple con todas las leyes, normas y regulaciones propias de su ejercicio y procesos.
  5. Establece relaciones con compañías o entidades comprometidas y responsables con la sociedad, el medio ambiente, la seguridad y las leyes.
  6. Elimina todo acto de competencia desleal o denigratoria.
  7. Cuenta con un enfoque preventivo y de preservación del medio ambiente en todas sus actividades y procesos.
  8. Impulsa un clima laboral fundamentado en la seguridad física e industrial, previniendo actos y procesos inseguros.
  9. Brinda a sus empleados los recursos y medios necesarios para el óptimo desarrollo de sus funciones y responsabilidades laborales.
  10. Vela por la confidencialidad de la información de sus grupos de interés comprometiéndose a no revelarla a terceros, salvo que sea con su consentimiento o en cumplimiento de una obligación legal

Ámbito de Aplicación:

Todos los trabajadores y cargos directivos (en adelante “empleados”) de la empresa COLORQUIMICA S.A. están sujetos al presente Código de Comportamiento y Ética Empresarial, independientemente de su función o cargo.

Este Código es parte integrante del contrato de trabajo y complementa todas las normas, directrices, etc. actuales y futuras de COLORQUMICA S.A.S., al igual que también rige la postura de COLORQUIMICA respecto a determinadas cuestiones relevantes.

Todos los empleados son mayores de 18 años y por tanto deberán cumplir todas las leyes y las normas relacionadas con su trabajo, así como todas las normas y directrices internas de COLORQUIMICA.

Los empleados de Colorquimica S.A.S

  1. Actúan con transparencia construyendo un ambiente de seguridad y confianza con sus clientes internos y externos, y brindan una información oportuna, de calidad, confiable y completa.
  2. Realizan sólo aquellas actividades para las cuales están capacitados y entrenados, y realizan transferencia de conocimiento cuando es necesario.
  3. Comunican oportunamente a sus superiores cuando perciben conflicto de intereses.
  4. Introducen en su ámbito laboral la política de gestión de la compañía, garantizando productos de calidad, productos inocuos en la línea de colores y aditivos FD&C, la seguridad y salud en el trabajo, la preservación del medio ambiente y la protección de procesos, información e infraestructura.
  5. Responden por las consecuencias de sus actuaciones y decisiones.
  6. Se comprometen con los objetivos y principios corporativos, y actúan siempre en el beneficio de la empresa y sus grupos de interés.
  7. Respetan las diferencias y reconocen la diversidad de las personas.
  8. Promueven nuevas ideas, siempre con un enfoque de mejora continua.

 

CONFLICTOS DE INTERESES: Los empleados deberán actuar en todo momento velando por los intereses de COLORQUIMICA S.A.S. y evitar, siempre que sea posible, aquellas situaciones en que sus intereses personales entren en conflicto con los de COLORQUIMICA. Los intereses de las partes con vínculos cercanos (familiares y otras personas que residan en el domicilio familiar) podrán, en función de las circunstancias, ser considerados intereses personales de un empleado.

Todos los conflictos de intereses reales o aparentes en las relaciones personales y profesionales deben manejarse de manera honesta y ética. Los empleados deberán informar de cualquier posible conflicto de intereses a su supervisor tan pronto como se den cuenta de que existe.

Estos son algunos ejemplos de conflictos que deben reportarse y resolverse:

  • Recibir una compensación de índole personal o financiera, ya sea en beneficio propio o de un miembro de la familia, de una empresa que realiza o aspira a realizar negocios con COLORQUIMICA.
  • El empleado tiene un interés sustancial o trabaja como ejecutivo, directivo o asesor en una empresa que es colaboradora, competidora, proveedora, distribuidora o cliente de COLORQUIMICA.
  • El empleado forma parte o apoya actividades en competencia con COLORQUIMICA.
  • El empleado aprovecha su cargo o función en COLORQUIMICA para obtener favores financieros o favores personales de parte de una empresa que es colaboradora, competidora, proveedora, distribuidora o cliente de COLORQUIMICA.
  • Tener una participación de valor considerable en una empresa de la competencia o en una compañía que realiza o aspira a realizar negocios con COLORQUIMICA (por ejemplo, la titularidad de más 1% de las acciones de un proveedor).
  • El empleado utiliza propiedades, mano de obra, o información de COLORQUIMICA en beneficio propio.
  • Ser miembro de la junta directiva u ofrecer servicios de consultoría a una empresa que realiza o aspira a realizar negocios con COLORQUIMICA.
  • Tener intereses en negocios externos que podrían afectar la productividad del empleado en la empresa, al restar tiempo u atención a sus responsabilidades para con COLORQUIMICA.

Los empleados notificarán por adelantado a COLORQUIMICA S.A. cualquier empleo secundario que tengan.

CORRUPCIÓN: COLORQUIMICA no tolerará ninguna forma de soborno activo o pasivo, lo que incluye expresamente sobornos en el sector público o privado y ofrecer favores/pagos de complicidad. Pero pueden presentarse situaciones que no constituyan actos delictivos de corrupción, y que generan dudas sobre la imparcialidad profesional de los empleados, clientes o colaboradores comerciales de COLORQUIMICA. La disposición siguiente incluye normas de conducta para evitar dichas situaciones.

REGALOS E INVITACIONES DE LA EMPRESA: Nuestras decisiones de negocios se basan en los méritos, por lo tanto, en ningún caso entregaremos ni ofreceremos, ya sea de forma directa o indirecta, artículos de valor a terceros, con objeto de influir de forma ilegítima en la decisión empresarial de esa persona o adquirir una ventaja desleal. Los regalos y otras concesiones (como descuentos) de los colaboradores comerciales de COLORQUIMICA S.A.S. son, hasta determinado valor, prácticas comerciales habituales y un medio legítimo de crear y reforzar las relaciones empresariales. No obstante, pueden suponer conflictos de intereses y poner en riesgo la reputación de COLORQUIMICA; por este motivo la aceptación de regalos u otras concesiones está prohibida siempre que los intereses de COLORQUIMICA se vean perjudicados o en caso de que pueda poner en peligro la imparcialidad del empleado, ya sea de forma real o solo en apariencia. Solo se podrán aceptar regalos ocasionales u otras concesiones de poco valor, considerados socialmente como habituales, siempre que no influyan en las decisiones comerciales. Serán considerados de poco valor si no supera el 25% del SMMLV en cada caso. Nunca es permitido aceptar un obsequio de dinero en efectivo o equivalentes a dinero en efectivo (por ejemplo, bienes, acciones, u otras formas de instrumentos o intereses negociables) por cualquier monto. Debe existir una finalidad empresarial legítima para cualquier regalo o invitación, que se regirá siempre por criterios de buen gusto y se ajustarán a los requisitos legales, además de adecuarse a las normativas de los donantes receptores en esta materia. Los regalos o concesiones no podrán ser aceptados si pueden influir a los empleados en decisiones concretas o inducirlos a adoptar conductas específicas. Deberá informarse de forma inmediata sobre los regalos o concesiones que superen el límite especificado a su jefe inmediato. Los regalos que no puedan rechazarse en el contexto de las relaciones comerciales serán donados a fundaciones o para fines que la empresa considere. Nuestros empleados podrán hacer gastos nominales para obsequios y entretenimiento si han sido autorizados debidamente y se han contabilizado correctamente. Las comidas e invitaciones a los clientes y proveedores serán de costo y frecuencia razonables, y se ajustan a las normas establecidas por COLORQUIMICA.

LAVADO DE DINERO: COLORQUIMICA S.A.S. está comprometido en la lucha internacional contra el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo. En su ámbito de trabajo, los empleados no se verán implicados ni tolerarán acciones que infrinjan la legislación nacional o internacional sobre el lavado de dinero.

Por blanqueo o lavado de dinero se entenderá, a título meramente enumerativo, la introducción de dinero u otros activos procedentes directa o indirectamente de un delito en el ciclo económico ordinario del dinero. La infracción de las normas de blanqueo de dinero puede implicar sanciones disciplinarias y penales para el empleado.

COMPETENCIA DESLEAL: COLORQUIMICA está a favor de la defensa de la competencia. Por este motivo, como parte de su política, observa y exige a todos los empleados que observen las leyes de defensa de competencia y no participarán en acciones que puedan conducir a la competencia desleal.

CONFIDENCIALIDAD: Los empleados de COLORQUIMICA no podrán divulgar, ni durante su contrato ni después de su extinción, los secretos comerciales u otra información confidencial sobre COLORQUIMICA que puedan conocer en el curso de su relación laboral con COLORQUIMICA S.A.S.

La información confidencial incluye, la información sobre actividades comerciales, tecnología, propiedad intelectual e industrial, situación financiera y empleados, así como toda la información sobre clientes, proveedores o colaboradores comerciales de COLORQUIMICA. Los derechos de propiedad industrial e intelectual de COLORQUIMICA no solo incluyen secretos comerciales, patentes, marcas, sino también planes comerciales y servicios y los conocimientos técnicos. La información confidencial no podrá revelarse a otras personas ni podrá utilizarse para fines distintos a los profesionales. Esta información puede revelarse solo si ya es de dominio público, o si es en virtud de un requisito legal.

BIENES DE LA EMPRESA: Los bienes de COLORQUIMICA deberán usarse solo para fines comerciales relacionados con COLORQUIMICA. Los empleados tratarán los bienes de COLORQUIMICA con el debido cuidado y deberán protegerlos de las pérdidas, daños, malos usos, robos, apropiaciones indebidas y de su destrucción. El equipo, la maquinaria, otras instalaciones y equipos técnicos, deberán utilizarse de forma apropiada, y de acuerdo con las normas específicas de utilización que en cada caso se hubieran emitido.

SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y CORREO ELECTRÓNICO: COLORQUIMICA S.A.S. ha adquirido paquetes de software para todos los puestos de trabajo según los términos de licencias aplicables. Se prohíbe a los empleados que copien los programas protegidos por contratos de licencia para fines personales y que instalen programas propios en su puesto de trabajo. Los servicios de correo electrónico y el acceso a internet se facilitan para su uso profesional. El uso del correo electrónico como medio profesional de comunicación está sujeto a las mismas reglas de archivo que las comunicaciones en papel. Así mismo, cuando se envíen mensajes de correo electrónico se utilizarán las mismas precauciones y el mismo trato habitual que con las comunicaciones en papel. Los empleados pueden utilizar de forma razonable y ocasional para fines personales la infraestructura de internet y correo electrónico siempre que dicho uso no afecte su rendimiento en el trabajo, genere o agrave un riesgo de seguridad o requiera recursos significativos. Los empleados no podrán, bajo ninguna circunstancia, utilizar los medios de comunicación e información de COLORQUIMICA para fines ilícitos o poco éticos. Buscar, descargar o reenviar información con un contenido racista o pornográfico o que haga enaltecimiento de la violencia será considerado un uso abusivo y podrá conllevar sanciones penales. COLORQUIMICA se reserva el derecho a controlar la utilización de internet y el correo electrónico en el caso de que se sospeche de un uso abusivo. Dicha situación se regulará mediante otras normas internas.

TRATO JUSTO, EDUCADO Y RESPETUOSO A LOS EMPLEADOS: COLORQUIMICA reconoce que todos los empleados tienen derecho a un trato justo, educado y respetuoso. COLORQUIMICA no tolerará ningún tipo de discriminación o acoso a los empleados, ya sea en el contacto directo, en comunicaciones escritas, electrónicas, orales o por cualquier otro medio. Se prohíbe cualquier discriminación o acoso por motivos de raza, religión, origen, sexo, discapacidad, edad, estado civil, orientación sexual o afiliación a un determinado partido político. Deberán observarse las normas y regulaciones sobre la igualdad de hombres y mujeres, en cuanto a la asignación de tareas, retribución, formación, desarrollo profesional y ascensos. Se prohíbe cualquier forma de acoso sexual en el trabajo acoso laboral y humillaciones intencionadas de un empleado. COLORQUIMICA adoptará todas las medidas que estén a su alcance para evitar conductas discriminatorias o de acoso. Los empleados deberán comunicar cualquier discriminación o acoso que observen en su entorno de trabajo a su jefe inmediato y al departamento de Gestión Humana.

Los empleados que participen en conductas discriminatorias o de acoso serán objeto de sanciones internas, y podrán adoptarse acciones civiles y penales contra ellos.

PRIVACIDAD DE DATOS: Los datos de los clientes y empleados serán tratados con el debido cuidado y discreción. La divulgación de dichos datos solo se permite si se cumplen los requisitos legales y las normas internas.

COMUNICACIÓN Y CONFIRMACIÓN DE RECIBO Y LECTURA: El código de Comportamiento y Ética Empresarial no prevé todas las situaciones y circunstancias concebibles. Esto no quiere decir que se permiten conductas poco éticas si no se ha regulado nada específico al respecto. Este código regula algunas normas mínimas y ayuda a aplicar el sentido común. Los empleados deberán comportarse como personas leales, honradas y responsables. En caso de duda en situaciones concretas sobre una conducta determinada, póngase en contacto con su jefe inmediato o el departamento de Gestión Humana. Antes de comenzar el empleo, el Departamento de Gestión Humana es responsable de asegurar que a todo nuevo empleado potencial de COLORQUIMICA S.A.S. se le suministre este Código de Comportamiento y Ética Empresarial y obtener de dicho empleado el Formulario de Confirmación de Recibo y Lectura del Código de Comportamiento, completado y firmado. Este Código de Comportamiento se distribuirá también a todos los consultores cuyos servicios contrate COLORQUIMICA S.A.S. por cualquier período que exceda de seis meses. Lo mismo aplicará a proveedores importantes de COLORQUIMICA S.A.S.